
La Corte Penal Internacional es un tribunal permanente e independiente competente para juzgar a individuos responsables de la comisión de los crímenes más graves: genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Ello, siempre y cuando los Estados no puedan o no tengan la voluntad de impartir justicia, pues son éstos los que detentan la jurisdicción preferente para investigar y juzgar. Además del carácter complementario de la jurisdicción de la Corte, su competencia es irretroactiva. La Corte sólo puede investigar hechos ocurridos con posterioridad al 1º de junio de 2002, fecha de su establecimiento; o bien, respecto de los países que han ratificado después de esa fecha –como hará Chile-, sobre hechos ocurridos con posterioridad a la ratificación.
La creación de la Corte Penal Internacional encarna uno de los mayores progresos del derecho internacional de los derechos humanos y derecho humanitario de los últimos tiempos.
No apoyaron la reforma constitucional habilitante para la adhesión del Estado de Chile a la Corte Penal Internacional: Jorge Arancibia (UDI) y se abstuvo Juan Antonio Coloma (UDI)
No apoyaron la reforma constitucional habilitante para la adhesión del Estado de Chile a la Corte Penal Internacional: Jorge Arancibia (UDI) y se abstuvo Juan Antonio Coloma (UDI)
Votaron en contra: Sergio Correa (UDI), Andrés Egaña (UDI), María Angélica Cristi (UDI), José Antonio Kast (UDI), Iván Moreira (UDI), Jorge Ulloa (UDI)
http://www.humanas.cl/boletin2009/1_trimestre/01_1.html
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